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sábado, 20 de julio de 2013

Ley 26.743 y Decreto 773/2012 Identidad de Género

Ley 26.743

Establécese el derecho a la identidad de género de las personas.
Sancionada: Mayo 9 de 2012
Promulgada: Mayo 23 de 2012


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho:

a) Al reconocimiento de su identidad de género;
b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.
ARTICULO 2° — Definición. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
ARTICULO 3º — Ejercicio. Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
ARTICULO 4º — Requisitos. Toda persona que solicite la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen, en virtud de la presente ley, deberá observar los siguientes requisitos:
 1. Acreditar la edad mínima de dieciocho (18) años de edad, con excepción de lo establecido en el artículo 5° de la presente ley.
 2. Presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una solicitud manifestando encontrarse amparada por la presente ley, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original.
 3. Expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse.
 En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.

ARTICULO 5° — Personas menores de edad. Con relación a las personas menores de dieciocho (18) años de edad la solicitud del trámite a que refiere el artículo 4º deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, la persona menor de edad deberá contar con la asistencia del abogado del niño prevista en el artículo 27 de la Ley 26.061.

Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de los/as representantes legales del menor de edad, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los/as jueces/zas correspondientes resuelvan, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

ARTICULO 6° — Trámite. Cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5°, el/la oficial público procederá, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo, a notificar de oficio la rectificación de sexo y cambio de nombre de pila al Registro Civil de la jurisdicción donde fue asentada el acta de nacimiento para que proceda a emitir una nueva partida de nacimiento ajustándola a dichos cambios, y a expedirle un nuevo documento nacional de identidad que refleje la rectificación registral del sexo y el nuevo nombre de pila. Se prohíbe cualquier referencia a la presente ley en la partida de nacimiento rectificada y en el documento nacional de identidad expedido en virtud de la misma.

Los trámites para la rectificación registral previstos en la presente ley son gratuitos, personales y no será necesaria la intermediación de ningún gestor o abogado.

ARTICULO 7° — Efectos. Los efectos de la rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila, realizados en virtud de la presente ley serán oponibles a terceros desde el momento de su inscripción en el/los registro/s.

La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados, las que se mantendrán inmodificables, incluida la adopción.

En todos los casos será relevante el número de documento nacional de identidad de la persona, por sobre el nombre de pila o apariencia morfológica de la persona.

ARTICULO 8° — La rectificación registral conforme la presente ley, una vez realizada, sólo podrá ser nuevamente modificada con autorización judicial.

ARTICULO 9° — Confidencialidad. Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del/la titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada.

No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso, salvo autorización del/la titular de los datos. Se omitirá la publicación en los diarios a que se refiere el artículo 17 de la Ley 18.248.

ARTICULO 10. — Notificaciones. El Registro Nacional de las Personas informará el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia, a la Secretaría del Registro Electoral correspondiente para la corrección del padrón electoral y a los organismos que reglamentariamente se determine, debiendo incluirse aquéllos que puedan tener información sobre medidas precautorias existentes a nombre del interesado.

ARTICULO 11. — Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente, el consentimiento informado de la persona. En el caso de las personas menores de edad regirán los principios y requisitos establecidos en el artículo 5° para la obtención del consentimiento informado. Sin perjuicio de ello, para el caso de la obtención del mismo respecto de la intervención quirúrgica total o parcial se deberá contar, además, con la conformidad de la autoridad judicial competente de cada jurisdicción, quien deberá velar por los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño o niña de acuerdo con lo estipulado por la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La autoridad judicial deberá expedirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de la solicitud de conformidad.

Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce.

Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.

ARTICULO 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados.

Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a.

En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

ARTICULO 13. — Aplicación. Toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas. Ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del acceso al mismo.

ARTICULO 14. — Derógase el inciso 4° del artículo 19 de la Ley 17.132.

ARTICULO 15. — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE. 
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.743 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada
IDENTIDAD DE GENERO Decreto 773/2012 Promúlgase la Ley Nº 26.743.

Bs. As., 23/5/2012
POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.743, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. 

domingo, 30 de junio de 2013

Histórico fallo, Corte de EEUU reconoce derechos a parejas gays

En una gran victoria para las parejas homosexuales, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos derogó una ley que les negaba beneficios federales y allanó además el camino para el matrimonio entre personas del mismo sexo en California.

Foto: Ambito.com


Unos mil partidarios del matrimonio gay congregados bajo un sol abrasador frente a la sede de la Corte en Washington festejaron el histórico fallo, de gran impacto en la sociedad estadounidense y elogiado por el presidente Barack Obama.

En una decisión tomada por cinco jueces contra cuatro, la Corte derogó la Ley de Defensa del Matrimonio, conocida como DOMA, la cual negaba beneficios federales a las parejas casadas de gays y lesbianas al definir estrictamente el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

"La DOMA es inconstitucional porque es una denegación del acceso a la libertad de las personas protegida por la Quinta Enmienda", dictaminó la Corte Suprema, plegándose a la opinión del gobierno de Obama.

"Las leyes de nuestra tierra se están poniendo al día con la verdad fundamental que millones de estadounidenses albergamos en nuestros corazones: cuando todos los estadounidenses son tratados como iguales, sin importar quiénes sean ni a quiénes amen, somos todos más libres", dijo Obama.

Por otra parte, la Corte Suprema declaró también inadmisible la demanda presentada por los opositores del matrimonio homosexual en California, abriendo la vía para que las parejas homosexuales vuelvan a casarse en ese estado.

La máxima instancia judicial del país había sido llamada a pronunciarse sobre la constitucionalidad de la prohibición del matrimonio gay en California, o "Proposición 8" consagrada en la Constitución californiana, que un grupo de activistas anti-gay buscaba confirmar tras haber sido invalidada por un tribunal inferior.

Esa decisión, también de cinco votos contra cuatro y que probablemente reanudará en California los matrimonios gay, permitió a los jueces esquivar el tema más espinoso de si el matrimonio entre personas del mismo sexo es un derecho constitucional en Estados Unidos.

Doce estados del país y el Distrito de Columbia reconocen actualmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero cerca de 30 estados han decretado que el matrimonio sólo puede existir entre un hombre y una mujer.

Con gritos y besos, y agitando las banderas con los colores del arco iris, que representan a lesbianas, homosexuales, bisexuales y transexuales (un grupo conocido por el acrónimo en inglés LGBT), miles de personas celebraron lo decidido por la Corte.

"Ahora vamos a casarnos y ser iguales a cualquier otra familia en California", dijo Kris Perry, junto a su compañero Sandy Stier, en las escaleras de la Corte Suprema.

"Gracias a la Constitución... pero no es suficiente", añadió Stier. "Tiene que ser en todo el país. No se puede esperar décadas" para que el matrimonio igualitario sea legalizado a nivel nacional.

La lucha contra la DOMA fue encabezada por una viuda gay de Nueva York, Edith Windsor, respaldada por el gobierno de Obama. Esta neoyorquina debió pagar impuestos por 363.000 dólares después de la muerte en 2009 de su compañera de toda la vida Thea Spyer, con quien se había casado en Canadá. De haber sido una pareja heterosexual, esa factura se habría reducido de manera significativa.

La polémica DOMA negaba a las parejas gays los mismos derechos y beneficios federales de que gozan las parejas heterosexuales, desde recortes de impuestos y beneficios sociales hasta poder visitar a un cónyuge hospitalizado.

Un 53% de los estadounidenses apoyan el matrimonio entre homosexuales, según una reciente encuesta realizada por el instituto Gallup, que se hizo eco de varios sondeos similares.

miércoles, 19 de junio de 2013

Bachelet prometió legalizar el matrimonio igualitario en Chile


La ex presidente de Chile Verónica Michelle Bachelet Jeria considera que “el mundo ha avanzado” en cuestiones como el matrimonio de parejas gays y que el apoyo a estas uniones en el país ha crecido desde que abandonara la Presidencia en 2010.

Foto: KARRY CARTOONS



La candidata presidencial de la coalición de izquierdas formada por el Partido Socialista (PS) y el Partido por la Democracia (PPD) de Chile, Michelle Bachelet, ha prometido que legalizará el matrimonio homosexual y el aborto terapéutico en caso de que gane las elecciones presidenciales de noviembre.

En una entrevista emitida el domingo en la Televisión Nacional de Chile (TVN), explicó que “el mundo ha avanzado” respecto al matrimonio homosexual y que el apoyo a estas uniones ha crecido desde que dejó la Presidencia en 2010.

“Creo que hay que avanzar y debatir sobre esto y que no hay un solo tipo de familia. Aquí no hay estereotipos, aquí lo que importa son los distintos tipos de familia, donde hay afecto, redes de apoyo y que todas esas familias deben ser consideradas”, indicó, prometiendo una reforma para legalizar el matrimonio homosexual.

Por otro lado, respecto al aborto, la ex mandataria defendió que se debe ofrecer todos los mecanismos a las mujeres para que “las personas, en base a sus propias convicciones, tomen las decisiones que les parecen más pertinentes”. Según el Código Penal de 1874, el aborto en Chile es ilegal en todos los casos.

“Creo que es importante hablar del tema, y que hay que legalizar al menos el aborto terapéutico y en caso de embarazo producto de violación. Siento que como país no podemos seguir cerrando los ojos a la realidad”, apostilló la candidata.

“Cuando la gente se ve obligada a abortar, porque eso es lo que está pasando en la realidad, es porque no tuvo las opciones previas que le hubieran permitido evitar un embarazo que no buscaron, no desearon, entonces tenemos un problema que tenemos que enfrentar”, añadió Bachelet.



La candidata también fue preguntada por su gestión del terremoto y el tsunami de principios de 2010, pocos días antes de que cediera el poder a su sucesor y actual presidente, Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique. Bachelet ha sido muy criticada debido a que su Gobierno retiró la amenaza de tsunami poco antes de que llegase a las costas del país.

Bachelet reconoció que en algunos momentos trabajaron “a ciegas, ya que no tuvieron los sistemas de comunicación adecuados. “Hicimos todo con un gran sentido de proteger a las chilenas y chilenos que lo vivían de forma tan amarga”, afirmó.

:: Europa Press

domingo, 2 de junio de 2013

EL PUTO ARGENTINO DE COLLAR DE BOLITAS NEGRAS

Hoy les traemos una nota de un blog bastante excluyente pero bueno todos tenemos nuestros puntos de vista, no lo compartimos pero lo respetamos

El puto del collar de bolitas negras

Imagen
El puto ‘cruz de malta’ (o de collar de bolitas negras)  generalmente usa (como su nombre lo indica) ese tipo de collares. Usualmente tienen sus orígenes en asentamientos de la periferia de los centros urbanos y sus cuerpos no están trabajados en el gimnasio ni por el deporte. 
Si juegan al fútbol esto no se les nota en el cuerpo. No están vinculados con la música electrónica sino vinculados a el pop, abrazan un tipo de modernidad muy específica. Por lo general estudian trabajo social, antropología, sociología o arte (pero esto es raro). Se juntan con los de su misma etnia o con otros con collar de porotos. Estas reuniones siempre ocurren en publico (pizzerias y bares) y no en domicilios particulares. 

Por pertenecer a pueblos originarios, tienen pelos lacios y duros difíciles de domar y generalmente cortados de manera rectilínea o taciforme llegando en el algunos casos al look astroboy. Siempre suelen buscar un ‘amo’ y como los perros, suelen ser, como los perros, muy leales. 

La descendencia indígena se sublima en el uso casi fetichista pero, al mismo tiempo, culposo de adornos como el piercing, el arito (en una oreja), la muñequera y su indumentario tiende a la fragmentación de estilos.  A saber, camisa a cuadros (leñadora) con remera estampada y chaleco de traje, por dar un ejemplo. 
Existe también una mezcla de pop de segunda y tercer linea (Cristina Aguilera) con fashion Once (Avenida Avellaneda o Corrientes antes de Callao). En este grupo existe una economía del préstamo de prendas. 

 Imagen
Tienden a escuchar bandas latinoamericanas de pop a saber Jesse & Joy y David Bisbal y tienden a entender al amor en tono de fidelidad casi heterosexual. Con esta categoría de puto uno termina hablando de ‘relación’ antes que con el resto. También tienden a tener amigos como ellos y sólo salen con ellos pero al ponerse de novios los apartan de su vida y se dedican a su hombre de elección. 


martes, 28 de mayo de 2013

Pareja homosexual denuncia que fue agredida al grito de "el Papa es argentino"


Un joven de 21 años denunció haber sido golpeado ferozmente por dos alumnos de un colegio católico que le recriminaron su condición de homosexual durante una fiesta celebrada en una casa del partido bonaerense de San Isidro.

"El Papa es argentino, no puede haber putos argentinos", fue lo que asegura haber escuchado Pedro Robledo por dos alumnos del Colegio Educativo Carmen de Arriola Marín en el momento en el que se encontraba de la mano de su pareja, de 20 años.

"Estaba de la mano con mi novio y se acercó un chico diciéndonos que nos teníamos que separar porque era una casa católica", explicó Robledo, quien señaló que todo comenzó anoche cuando la pareja arribó junto a un grupo de amigos, entre los que se encontraba sus dos hermanas, a una vivienda en la que se celebraba una fiesta de bienvenida a jóvenes que regresaban de los Estados Unidos.

"Estábamos caminando por la calle cuando nos paró un chico y dijo que nos teníamos que separar, porque era una casa católica. Le dijimos que no lo queríamos hacer porque no ofendíamos a nadie", contó el joven en declaraciones al canal C5N.

"Después vino el hermano de este chico y la cosa se puso muy pesada. Nos decían putos de mierda, váyanse. Ustedes no pueden procrear, son deformes. Que no podíamos estar en esa casa porque eran todos católicos. Eran cosas muy pensadas", continuó en el relato.

El joven les dijo que también era católico y que comulgaba, y que no pensaba que ofendía a nadie, momento en el cual recibió un puñetazo.

"Perdí un poco el conocimiento y no se cuantas personas me agredieron", sostuvo el joven, que dijo que podía identificar por el nombre a uno de los agresores, que también llegaron a golpear a una de sus hermanas y a un amigo.

"Los dos chicos que me pegaron son del colegio Marín, pero no creo que tenga mucho que ver, porque también fui a colegio católico y tenemos amigos en ese colegio", explicó.

La pareja se presentó a realizar la denuncia de la agresión ante la comisaría quinta de San Isidro.

"Lo más feo es que usen el nombre del Papa, que dice que quiere generar un cambio y abrir la Iglesia para todos", concluyó el muchacho.

miércoles, 1 de mayo de 2013

George Clooney se hizo "lifting" en los testículos


George Clooney se estiró las bolas

Foto Diario Río Negro



"No me gusta tener arrugas ahí abajo", justificó.




La cirugía a la que se sometió el actor George Clooney no es la habitual.


"No me retoqué las arrugas de los ojos pero sí que me gasté mucho dinero para hacerme un lifting en los testículos.No me gusta nada tener arrugas ahí abajo", expresó la estrella de Hollywood.


Aclara que «se trata de una técnica nueva, en Hollywood lo hacen todos, se llama "ball ironing».


Además, Clooney habló sobre su vida amorosa y una supuesta homosexualidad: "Todos piensan que soy gay. Nunca desmentiré ningún rumor porque no quiero que la gente pueda creer que ser homosexual es una cosa negativa. Mi vida privada es solo mía, privada y punto".


lunes, 25 de marzo de 2013

El Papa es argentino, no puede haber putos argentinos


Un joven de 21 años denunció haber sido golpeado ferozmente por dos alumnos de un colegio católico que le recriminaron su condición de homosexual durante una fiesta celebrada en una casa del partido bonaerense de San Isidro. 



"El Papa es argentino, no puede haber putos argentinos", fue lo que asegura haber escuchado Pedro Robledo por dos alumnos del Colegio Educativo Carmen de Arriola Marín en el momento en el que se encontraba de la mano de su pareja, de 20 años.

"Estaba de la mano con mi novio y se acercó un chico diciéndonos que nos teníamos que separar porque era una casa católica", explicó Robledo, quien señaló que todo comenzó anoche cuando la pareja arribó junto a un grupo de amigos, entre los que se encontraba sus dos hermanas, a una vivienda en la que se celebraba una fiesta de bienvenida a jóvenes que regresaban de los Estados Unidos.

"Estábamos caminando por la calle cuando nos paró un chico y dijo que nos teníamos que separar, porque era una casa católica. Le dijimos que no lo queríamos hacer porque no ofendíamos a nadie", contó el joven en declaraciones al canal C5N.

"Después vino el hermano de este chico y la cosa se puso muy pesada. Nos decían putos de mierda, váyanse. Ustedes no pueden procrear, son deformes. Que no podíamos estar en esa casa porque eran todos católicos. Eran cosas muy pensadas", continuó en el relato.

El joven les dijo que también era católico y que comulgaba, y que no pensaba que ofendía a nadie, momento en el cual recibió un puñetazo.

"Perdí un poco el conocimiento y no se cuantas personas me agredieron", sostuvo el joven, que dijo que podía identificar por el nombre a uno de los agresores, que también llegaron a golpear a una de sus hermanas y a un amigo.

"Los dos chicos que me pegaron son del colegio Marín, pero no creo que tenga mucho que ver, porque también fui a colegio católico y tenemos amigos en ese colegio", explicó.

La pareja se presentó a realizar la denuncia de la agresión ante la comisaría quinta de San Isidro.

"Lo más feo es que usen el nombre del Papa, que dice que quiere generar un cambio y abrir la Iglesia para todos", concluyó el muchacho.

:: Ambito.com

miércoles, 13 de febrero de 2013

Abuso sexual de niños



Estos consejos para evitar el abuso sexual los da Alessandra Rampolla




La simple idea de que nuestros hijos puedan llegar a ser víctimas de abuso sexual nos genera un terror glaciar. Pero es un tema sobre el cual tenemos la obligación de informarnos, porque sólo así es posible tomar medidas para evitar que ocurra. ¿Qué podemos hacer?
  • Fomentar un diálogo abierto con nuestros hijos sobre sexualidad, desde el mismo momento en que nacen. La información adecuada es la única herramienta y la mayor protección que les podemos dar.
  • Enseñarles a diferenciar entre contactos normales y abuso sexual. Lo que podríamos llamar "el buen toque" y "el mal toque".
  • Inculcarles que tienen potestad exclusiva sobre sus cuerpos, que sus partes privadas sólo pueden tocarlas ellos, a excepción de las personas que los cuidan y en situaciones específicas, como bañarlos, ayudarles a ir al baño o en una revisión médica.
  • Explicarles que si alguien trata de tocarles el cuerpo y los hace sentir incómodos, le digan que "no lo haga".
  • Enseñarles a los niños que el respeto hacia las personas mayores no significa que deben obedecer siempre: "Si alguien te toca de una manera que te incomode, dile que no lo haga, y cuéntanos enseguida".
  • Decirles que no hay secretos con papá y mamá.

Claves para estar alerta

La American Academy of Child&Adolescent Psychiatry ha establecido una serie de señales que podrían indicar abuso sexual en los niños. Les transmito estas señales, pero entendamos que ninguna de ellas, por sí sola, indica que estamos ante un caso de abuso sexual.
  • Comportamiento hipersexualizado: el niño se autoestimula de manera compulsiva, tiene una actitud seductora y erotizada. Hay que estar muy atento y saber diferenciar un comportamiento normal o distraído, como cuando el niño se toca con el control remoto mientras mira televisión, al de un comportamiento compulsivo en que el niño se toca continuamente y tiene movimientos que tú percibes como eróticos.
  • Si utiliza frases inapropiadas para su edad. Si te dice: "¿Me la chupas?", "¿Te la chupo?", "Méteme el dedo en la chuchi" es una señal de alarma. El mero hecho de que nuestro niño diga estas frases no significa que haya sido víctima de abuso sexual, pues podría haberlas escuchado en la tele o dichas por otras personas. Sin embargo, no ignores esta señal.
  • Interés poco usual en todo aquello de naturaleza sexual. O, por el contrario, una evitación extrema a cualquier contenido sexual.
  • Problemas para dormir o pesadillas.
  • Depresión o aislamiento.
  • Decir que tiene el cuerpo sucio o dañado, o tener miedo de que haya algo malo en sus genitales.
  • Negarse a ir a algún lugar en particular.
  • Secretividad.
  • Evidencia de abusos o molestias sexuales en sus dibujos, juegos o fantasías.
  • Agresividad poco común.
¿Que hacer?
Si sospechas que tu niño ha sido víctima de abuso sexual:
  • Controla tus reacciones: ante la menor sospecha o indicio de que tu niño ha sido abusado sexualmente, sentirás que todo tu mundo se derrumba, te correrá un frío por todo el cuerpo, vas a sentir mucho miedo y ansiedad. Pero ante una situación así tienes que controlar tus reacciones y pensar que tu mayor responsabilidad es contener y proteger a tu niño.
  • Nunca lo ignores: como padres es devastador recibir este mensaje, pero recuerda que el golpe más grande que le puede dar un padre/madre a su hijo abusado es no creerle o ignorarlo. Escúchalo atentamente y tan tranquilo como te sea posible, siempre atento a tus reacciones.
  • Indaga realizando preguntas abiertas: en ocasiones, lo que podría parecer una señal de abuso no se relaciona con abusos reales, sino que el niño ha estado expuesto a material de adultos o a un comportamiento adulto no intencional. Por ejemplo, vio algún contenido pornográfico o pilló a sus padres manteniendo relaciones… Para evitar confusiones que nos lleven a conclusiones erradas, debemos hacer preguntas abiertas como: "Cuéntame, ¿qué pasó?". Pero no hagas preguntas directas como: "¿Fulano te metió el dedo, te tocó, te besó?", porque son contraproducentes, ya que pueden direccionar sus respuestas, viciando la realidad de lo sucedido.
  • Evita el contacto con las personas involucradas en el hecho hasta que se clarifique.
  • Hazle saber al niño que nunca es su culpa: los niños pueden sentirse avergonzados y culpables del abuso. Déjale en claro que nada de lo sucedido es su responsabilidad.
  • Lleva al niño a que le realicen un examen médico y a una consulta psiquiátrica.

Nexo Asociación Civil

Nexo Asociación Civil
info@nexo.org

SOY - Página/12