CHAT - Gay Tierra del Fuego y Gay Santa Cruz



VISITA EL CHAT DE GAY TIERRA DEL FUEGO 

jueves, 15 de agosto de 2013

La ética de la pelada

Esa cabeza redonda y lisa como una bola de billar corona un cuerpo que parece abrigado con pulóver aun en el bochorno de un 15 de enero: acaso la más sarcástica de todas las injusticias que el tiempo comete contra nosotros sea la inequitativa distribución del pelo. Poco (o nada) donde debería haber, mucho donde no debería. Una ironía evolutiva confirma la gran burla darwiniana: por lo general, el que se queda calvo antes de los 40 tiene la espalda peluda de un orangután. Si los avances médicos prometen terminar con la calvicie en las páginas de deportes de los diarios y el peluquín solo perdura como mascota mustia de los tangueros, las nuevas reglas de etiqueta capilar aportan consuelo para el hombre desplumado. 
Ninguna mujer se negará a tener una aventura con un pelado, mientras ellas sigan creyendo que calvicie es sinónimo de potencia amatoria. Así, el defecto se vuelve virtud: la pérdida de cabello es el resultado de un exceso de testosterona; literalmente, la esencia de la masculinidad. 
Que el calvo se ofrezca orgulloso como portador de la experiencia romántica porque más cabello no significa que uno se vea más joven: las estadísticas indican que el 40% de los hombres de 35 años y el 65% de los que tienen más de 60 sufren alguna forma de alopecia. Para el final de nuestros días, siete de cada diez recordaremos el peine con la misma añoranza sentimental que le dedicamos al último chupete. Las técnicas para lidiar con el dramita oscilan entre la resignación y la lucha descarnada. Seamos sinceros. A nadie le gusta quedarse pelado, pero los más honorables lo llevan con orgullo e hidalguía, mientras que algunos se plantan una canchita de papi fútbol en la cabeza, con una lonja de césped sintético sobre la frente, y otros temen la brisa con la pavura trémula del que enfrenta un huracán: cualquier vientito amenaza con desarmar la galleta deshilachada que nace encima de la oreja y cruza la cabeza en ineficaz disimulo. 
Ahí donde la publicidad prometa "injerto capilar sin cicatrices", una nueva generación de hombres se rebelará ante el bisturí y hará de la autenticidad su atributo mayor. ¿Vieron que casi no hay políticos pelados? 
Si es cierto que es tan importante ser honesto como parecerlo, una testa desplumada será el símbolo indiscutible de que no hay nada que ocultar. La cabeza limpia de todo cabello ya no es exclusiva de un archivillano de Batman o del forzudo del circo: lisa como una pista de aterrizaje, hace ver más inteligente a su dueño. ¿Acaso no se dice de alguien que "no tiene un pelo de tonto"? Una postal clásica de la ciencia ficción muestra a los humanos del siglo 30 sin cabello, en la evolución que nos separa cada vez más del mono: que el pelado entonces convierta la carencia en abundancia y ofrezca al mundo su calva como una providencial bola de cristal. 

:: Brando

sábado, 10 de agosto de 2013

Restricciones al derecho a desplazarse/ viajar

Diez cosas que necesitas saber.



Alrededor de 44 países (según el último mapeo sobre restricciones de entrada, estancia y residencia realizado en enero de 2013 por ONUSIDA), áreas o territorios niegan la entrada o residencia a personas Vih+ simplemente por dicha condición.

Las restricciones para viajar relacionadas con Vih limitan actividades importantes para la vida de personas viviendo con Vih.

Las restricciones al ingreso y residencia relacionadas al Vih no protegen la salud pública.

Las restricciones para el ingreso y la residencia relacionadas al Vih son discriminatorias.

El cumplimiento de restricciones para viajar relacionadas al VIH puede violar, y de hecho lo hace, otros derechos humanos.

Las restricciones para viajar relacionadas al Vih pueden obstaculizar respuestas efectivas frente al Vih.

Cualquier exclusión de personas viviendo con Vih para evitar el costo potencial del tratamiento y su atención debería basarse en la evaluación caso por caso y no debería individualizar al Vih

Los países que no imponen restricciones a viajeros no reportan problemas.

Las organizaciones internacionales respaldan las iniciativas para eliminar las restricciones para viajar relacionadas con Vih.

Tú puedes ayudar a eliminar las restricciones para viajar relacionadas con Vih.

En los siguientes países/territorios/áreas parece regir la prohibición absoluta al ingreso de personas Vih positivas: Brunei,China, Oman, Qatar, Emiratos Árabes Unidos y Yemen.

En 5 países, territorios y áreas, una prueba de Vih negativo es requerida cuando el periodo supera una duración preestablecida, y para estadías tan cortas como de diez a noventa días: Egipto, Irak, Singapur, Túnez, Islas Turcas y Caicos.

Los 28 países/territorios/áreas en la siguiente tabla deportan a extranjeros una vez que se descubre que son Vih+:
Baréin
Brunéi
China
Egipto
Emiratos Arabes Unidos
Iraq
Jordania
Corea del Norte
Kuwait
Malasia
Oman
Qatar
Federación Rusa
Arabia Saudi
Singapur
Sudan
Siria
Uzbekistan
Yemen

Si necesitas ampliar más información, puedes consultar la guía en castellano de la normativa de viaje y residencia para personas que viven con Vih/ Sida y editada por la ong alemana Deutsche AIDS-Hilfe.

Recursos de Consulta


Base de Datos Global sobre Restricciones para viajar relacionadas con Vih – Global Database on HIV-

Programa Conjunto de ONUSIDA y la Organizacion Internacional para las Migraciones (2004), Comunicado conjunto de ONUSIDA/OIM sobre restricciones a los viajes relacionados con VIH.

Fuente:
Asociación T4 Elkartea

sábado, 3 de agosto de 2013

Picnic por el mismo amor en Ushuaia

Foto: Bruno Crocha


El pasado sábado 2 de marzo en Ushuaia tuvo lugar el Primer Picnic por el Mismo Amor de la Provincia de Tierra del Fuego, y sin dudas el más austral de la historia de estos Picnics.

Al mismo tiempo, la ciudad de San Luis celebró el Picnic por el Mismo Amor por segundo año consecutivo, desde las 17.30 hs, en la Plaza Pringles.

La FALGBT celebró por quinto año consecutivo la diversidad familiar con el "Picnic por el Mismo Amor", una iniciativa surgida el día de San Valentín del año 2009, que buscaba mostrar y reivindicar las diversas formas de familia, incluyendo a las de la diversidad sexual.

El primer Picnic se realizó frente al Planetario Galileo Galilei, en la Ciudad de Buenos Aires, y a lo largo de los años se repitió en ese punto de la Ciudad y se extendió a otras ciudades del país, y del mundo.

Ese fin de semana las ciudades de Ushuaia y San Luis se sumaron al Picnic por el Mismo Amor.

En el caso de la capital fueguina, el picnic se realizó por primera vez y fue, sin duda, el Picnic más austral en la historia de esta iniciativa. Por otro lado, mucho más al centro del país, San Luis realizó la segunda edición del ya tradicional Picnic. La invitación fue a pasar un buen rato con la familia, amigas y amigos, parejas, llevar la canasta de picnic, o el equipo de mate, facturas, juegos, lo que haga falta para pasar un buen rato, en un clima alegre y relajado, al aire libre.

Entre las anteriores ediciones hubo Picnics en las principales ciudades de Argentina y se sumaron ciudades como Guadalajara, Los Angeles, Río de Janeiro, Asunción y Bogotá, entre otros. Y este año 2013 ya hubo picnics en Buenos Aires, Neuquén, Zárate, Santiago del Estero y San Juan.

Además, por primera vez se organizó un Picnic por el Mismo Amor en Santiago de Chile. Más allá de la igualdad jurídica alcanzada en la Argentina, las parejas de dos personas del mismo sexo, y las familias homoparentales, tienen un largo camino por recorrer para ser reconocidas y respetadas socialmente en pie de igualdad con las demás familias. Además, el debate por la Igualdad ante la Ley cobra cada vez más fuerza en los países de Latinoamérica, en los EEUU y en muchos otros países del mundo.

Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó: "Con todos los avances logrados en estos años, es importante tener un espacio en el cual celebrar los logros, y al mismo tiempo visibilizar a nuestras familias, y a otras familias diversas que sufren discriminación aún hoy en día".
FOTO


Sobre las cuestiones pendientes, agregó: "En el colectivo LGBT existen muchas otras realidades familiares por mostrar, como la paternidad y maternidad trans, cuya visibilización es fundamental para promover la aceptación social.
Y además creemos que la lucha contra la discriminación y por la igualdad de todas las familias no se agota en la diversidad sexual, sino que es necesario promover la igualdad para familias de inmigrantes, minorías étnicas, adultos/as mayores, personas con discapacidad, diversidad de creencias, etc, así como para familias ensambladas, monoparentales y tantas otras formas de organización familiar".



Finalmente, mencionó la necesidad "de que el Congreso sancione prontamente el nuevo Código Civil incorporando todos los avances en materia de filiación propuestos por la Comisión Redactora y la Presidenta de la Nación.
Debemos recordar la importancia de que las y los hijos de parejas solteras sean tratados en pie de igualdad con hijas e hijos de parejas casadas, y que se debe avanzar urgentemente en la legalización de la maternidad y paternidad por subrogación, y otras técnicas de reproducción asistida asegurando que su implementación no resulte restrictiva".

sábado, 27 de julio de 2013

Maté a un hombre y la gente me aclama, amo a un hombre y me condenan

FALLECIÓ EL BOXEADOR EMILE GRIFFITH
http://es.wikipedia.org/wiki/Emile_Griffith


Como en el libro “Crónica de una muerte anunciada”, Ring of fire: The Emile Griffith story (2005) arranca y te cuenta todo de un saque: que Emile Alphonse Griffith mató a un rival en el ring el 24 de marzo de 1962, en el Madison Square Garden de Nueva York en una pelea por el título, televisada en vivo y en directo. 
Y que lo hizo porque le dijo maricón. Lo único que deja para un poco más adelante es que Griffith se enojó porque no es “maricón”, sino que le gustan los hombres y las mujeres por igual y no sabe bien qué es. 


Un boxeador llegado a Estados Unidos desde Islas Vírgenes en los años 50, un grande de la categoría mediano, seis veces campeón mundial, que tuvo que ocultar su bisexualidad durante décadas porque ser bisexual o gay a mediados del siglo XX ya era difícil. Y ser además un boxeador bisexual… olvídate. 

También queda la historia de Benny Kid Paret, el cubano que sufrió la furia de Griffith, la historia de su viuda y su hijo. La historia de un deporte que muchos no quieren llamar deporte y que cada tanto, cada muerte, desempolva el debate.




Queda también el relato de una época, las imágenes de una rivalidad histórica (tres peleas por el título mundial mediano, siempre con cambio de dueño). 

Y también queda el papel de los medios. Queda ver a Benny Paret (que había tirado y dejado casi nocaut en el sexto a Griffith) inconsciente en el rincón en el que su rival lo había molido a golpes de bronca (Paret recibió unos 25 golpes sin atinar defensa, y solo se mantuvo en pie porque Griffith no lo dejaba caer, ya que lo tenía preso contra las cuerdas) , mientras un periodista entrevista al nuevo campeón, que no puede dejar de ver a su rival mientras es atendido. 
Paret no murió en el ring. Falleció 9 días después en el hospital, sin haber recuperado nunca la consciencia.

Queda, obviamente, la verdad de Griffith, que no era un tipo violento. Queda verlo como diseñador de sombreros en su juventud, y verlo hoy, como un abuelo que reconoce su condición sexual y que ya no puede reconocer muchas cosas más. Y que, pese a haber hecho otras 80 peleas después de la de la desgracia, jamás volvió a ser el mismo. “Muchas veces he contenido la fuerza de mis golpes por temor a repetir la historia”, confesó años después el virginiano, el púgil con más rounds disputados en la historia del Madison Square Garden. 

BOXEADOR Y BISEXUAL


Griffith no fue condenado socialmente por lo que pasó con Paret, y esto se lee en un detalle de su carrera: pudo volver a pelear y a ser campeón del mundo. 
Pero Griffith sí fue condenado por su condición sexual, reconocida en parte en una nota de Sports Illustrated en 2005, a los 67 años, y en 2008, confirmada por el libro “Nine-Ten-and Out”, del periodista Ron Ross. “Yo maté a un hombre y la mayoría de las personas lo entiende y me perdona. Sin embargo, yo amo a un hombre y eso para muchas personas es imperdonable”
Un cross de Griffith al mentón de la pacatería y la hipocresía de una sociedad, que, por ejemplo, no tiene reparos en mandar a sus hijos a la guerra constantemente. “Esto del boxeo no es nada en uno de los países más violentos del mundo como Estados Unidos”, dice el periodista de origen latino Juan González en el documental.

Queda de nuevo escuchar a James Brown en el inicio, con su magistral y quirúrgicamente ubicado “It’s a men's world" (Un mundo de hombres). Y el relato de cómo Griffith terminó en el hospital por 5 semanas en 1992, cuando una patota lo dejó al borde de la muerte a la salida de un boliche gay, lo que le generó problemas en la memoria a corto plazo (es impactante ver en el documental a Griffith reconociendo que no recordaba de qué murió su madre). Queda ver a su esposa. Sí, se casó con una mujer.

LA CONEXIÓN ARGENTINA


A nosotros nos suena el nombre de Griffith por sus peleas por el título con Carlos Monzón, ambas con victoria del santafesino (KO 14 el 25-9-71 en el Luna Park; y por puntos en Montecarlo el 2-6-73). Griffith también protagonizó una serie de tres peleas memorables contra Nino Benvenutti. El italiano le arrebató el cetro mundial mediano en 1967, Griffith lo recuperó el mismo año ante el mismo rival y lo volvió a perder un año más tarde, también ante Benvenutti, que sería campeón hasta el recordado 7 de noviembre de 1970, cuando Monzón, en Roma, lo noqueó y comenzó su reinado de 7 años y 14 defensas. Al igual que con Monzón, Benvenutti trabó una gran amistad con Griffith. De hecho, el hijo del italiano fue a Nueva York para recibir clases de boxeo con Emile Griffith.


Tapa de la revista El Gráfico, luego de su segunda defensa del título  en 1971, en la primera de las dos peleas que hizo con Griffith
Foto: La Claqueta no se mancha
Vale la pena verlo. Incluso vale la pena ver todo el documental, (Ring of Fire) entender el relato y seguir la historia, solo para llegar al final y llorar a moco tendido con el encuentro entre Griffith y el hijo de Kid Paret en el cementerio, más de 40 años después del trágico combate. 
Queda ver a un hijo que creció sin su padre y a un hombre que murió un poco aquel 24 de marzo de 1962.

Así lo definió Monzón a Griffith: "Dicen que de la cintura para abajo es señorita, pero de la cintura para arriba te caga a trompadas".

Ring of Fire


sábado, 20 de julio de 2013

Ley 26.743 y Decreto 773/2012 Identidad de Género

Ley 26.743

Establécese el derecho a la identidad de género de las personas.
Sancionada: Mayo 9 de 2012
Promulgada: Mayo 23 de 2012


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho:

a) Al reconocimiento de su identidad de género;
b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.
ARTICULO 2° — Definición. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
ARTICULO 3º — Ejercicio. Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
ARTICULO 4º — Requisitos. Toda persona que solicite la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen, en virtud de la presente ley, deberá observar los siguientes requisitos:
 1. Acreditar la edad mínima de dieciocho (18) años de edad, con excepción de lo establecido en el artículo 5° de la presente ley.
 2. Presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una solicitud manifestando encontrarse amparada por la presente ley, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original.
 3. Expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse.
 En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.

ARTICULO 5° — Personas menores de edad. Con relación a las personas menores de dieciocho (18) años de edad la solicitud del trámite a que refiere el artículo 4º deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, la persona menor de edad deberá contar con la asistencia del abogado del niño prevista en el artículo 27 de la Ley 26.061.

Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de los/as representantes legales del menor de edad, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los/as jueces/zas correspondientes resuelvan, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

ARTICULO 6° — Trámite. Cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5°, el/la oficial público procederá, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo, a notificar de oficio la rectificación de sexo y cambio de nombre de pila al Registro Civil de la jurisdicción donde fue asentada el acta de nacimiento para que proceda a emitir una nueva partida de nacimiento ajustándola a dichos cambios, y a expedirle un nuevo documento nacional de identidad que refleje la rectificación registral del sexo y el nuevo nombre de pila. Se prohíbe cualquier referencia a la presente ley en la partida de nacimiento rectificada y en el documento nacional de identidad expedido en virtud de la misma.

Los trámites para la rectificación registral previstos en la presente ley son gratuitos, personales y no será necesaria la intermediación de ningún gestor o abogado.

ARTICULO 7° — Efectos. Los efectos de la rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila, realizados en virtud de la presente ley serán oponibles a terceros desde el momento de su inscripción en el/los registro/s.

La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados, las que se mantendrán inmodificables, incluida la adopción.

En todos los casos será relevante el número de documento nacional de identidad de la persona, por sobre el nombre de pila o apariencia morfológica de la persona.

ARTICULO 8° — La rectificación registral conforme la presente ley, una vez realizada, sólo podrá ser nuevamente modificada con autorización judicial.

ARTICULO 9° — Confidencialidad. Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del/la titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada.

No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso, salvo autorización del/la titular de los datos. Se omitirá la publicación en los diarios a que se refiere el artículo 17 de la Ley 18.248.

ARTICULO 10. — Notificaciones. El Registro Nacional de las Personas informará el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia, a la Secretaría del Registro Electoral correspondiente para la corrección del padrón electoral y a los organismos que reglamentariamente se determine, debiendo incluirse aquéllos que puedan tener información sobre medidas precautorias existentes a nombre del interesado.

ARTICULO 11. — Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente, el consentimiento informado de la persona. En el caso de las personas menores de edad regirán los principios y requisitos establecidos en el artículo 5° para la obtención del consentimiento informado. Sin perjuicio de ello, para el caso de la obtención del mismo respecto de la intervención quirúrgica total o parcial se deberá contar, además, con la conformidad de la autoridad judicial competente de cada jurisdicción, quien deberá velar por los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño o niña de acuerdo con lo estipulado por la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La autoridad judicial deberá expedirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de la solicitud de conformidad.

Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce.

Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.

ARTICULO 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados.

Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a.

En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

ARTICULO 13. — Aplicación. Toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas. Ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del acceso al mismo.

ARTICULO 14. — Derógase el inciso 4° del artículo 19 de la Ley 17.132.

ARTICULO 15. — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE. 
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.743 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada
IDENTIDAD DE GENERO Decreto 773/2012 Promúlgase la Ley Nº 26.743.

Bs. As., 23/5/2012
POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.743, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. 

domingo, 30 de junio de 2013

Histórico fallo, Corte de EEUU reconoce derechos a parejas gays

En una gran victoria para las parejas homosexuales, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos derogó una ley que les negaba beneficios federales y allanó además el camino para el matrimonio entre personas del mismo sexo en California.

Foto: Ambito.com


Unos mil partidarios del matrimonio gay congregados bajo un sol abrasador frente a la sede de la Corte en Washington festejaron el histórico fallo, de gran impacto en la sociedad estadounidense y elogiado por el presidente Barack Obama.

En una decisión tomada por cinco jueces contra cuatro, la Corte derogó la Ley de Defensa del Matrimonio, conocida como DOMA, la cual negaba beneficios federales a las parejas casadas de gays y lesbianas al definir estrictamente el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

"La DOMA es inconstitucional porque es una denegación del acceso a la libertad de las personas protegida por la Quinta Enmienda", dictaminó la Corte Suprema, plegándose a la opinión del gobierno de Obama.

"Las leyes de nuestra tierra se están poniendo al día con la verdad fundamental que millones de estadounidenses albergamos en nuestros corazones: cuando todos los estadounidenses son tratados como iguales, sin importar quiénes sean ni a quiénes amen, somos todos más libres", dijo Obama.

Por otra parte, la Corte Suprema declaró también inadmisible la demanda presentada por los opositores del matrimonio homosexual en California, abriendo la vía para que las parejas homosexuales vuelvan a casarse en ese estado.

La máxima instancia judicial del país había sido llamada a pronunciarse sobre la constitucionalidad de la prohibición del matrimonio gay en California, o "Proposición 8" consagrada en la Constitución californiana, que un grupo de activistas anti-gay buscaba confirmar tras haber sido invalidada por un tribunal inferior.

Esa decisión, también de cinco votos contra cuatro y que probablemente reanudará en California los matrimonios gay, permitió a los jueces esquivar el tema más espinoso de si el matrimonio entre personas del mismo sexo es un derecho constitucional en Estados Unidos.

Doce estados del país y el Distrito de Columbia reconocen actualmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero cerca de 30 estados han decretado que el matrimonio sólo puede existir entre un hombre y una mujer.

Con gritos y besos, y agitando las banderas con los colores del arco iris, que representan a lesbianas, homosexuales, bisexuales y transexuales (un grupo conocido por el acrónimo en inglés LGBT), miles de personas celebraron lo decidido por la Corte.

"Ahora vamos a casarnos y ser iguales a cualquier otra familia en California", dijo Kris Perry, junto a su compañero Sandy Stier, en las escaleras de la Corte Suprema.

"Gracias a la Constitución... pero no es suficiente", añadió Stier. "Tiene que ser en todo el país. No se puede esperar décadas" para que el matrimonio igualitario sea legalizado a nivel nacional.

La lucha contra la DOMA fue encabezada por una viuda gay de Nueva York, Edith Windsor, respaldada por el gobierno de Obama. Esta neoyorquina debió pagar impuestos por 363.000 dólares después de la muerte en 2009 de su compañera de toda la vida Thea Spyer, con quien se había casado en Canadá. De haber sido una pareja heterosexual, esa factura se habría reducido de manera significativa.

La polémica DOMA negaba a las parejas gays los mismos derechos y beneficios federales de que gozan las parejas heterosexuales, desde recortes de impuestos y beneficios sociales hasta poder visitar a un cónyuge hospitalizado.

Un 53% de los estadounidenses apoyan el matrimonio entre homosexuales, según una reciente encuesta realizada por el instituto Gallup, que se hizo eco de varios sondeos similares.

miércoles, 19 de junio de 2013

Bachelet prometió legalizar el matrimonio igualitario en Chile


La ex presidente de Chile Verónica Michelle Bachelet Jeria considera que “el mundo ha avanzado” en cuestiones como el matrimonio de parejas gays y que el apoyo a estas uniones en el país ha crecido desde que abandonara la Presidencia en 2010.

Foto: KARRY CARTOONS



La candidata presidencial de la coalición de izquierdas formada por el Partido Socialista (PS) y el Partido por la Democracia (PPD) de Chile, Michelle Bachelet, ha prometido que legalizará el matrimonio homosexual y el aborto terapéutico en caso de que gane las elecciones presidenciales de noviembre.

En una entrevista emitida el domingo en la Televisión Nacional de Chile (TVN), explicó que “el mundo ha avanzado” respecto al matrimonio homosexual y que el apoyo a estas uniones ha crecido desde que dejó la Presidencia en 2010.

“Creo que hay que avanzar y debatir sobre esto y que no hay un solo tipo de familia. Aquí no hay estereotipos, aquí lo que importa son los distintos tipos de familia, donde hay afecto, redes de apoyo y que todas esas familias deben ser consideradas”, indicó, prometiendo una reforma para legalizar el matrimonio homosexual.

Por otro lado, respecto al aborto, la ex mandataria defendió que se debe ofrecer todos los mecanismos a las mujeres para que “las personas, en base a sus propias convicciones, tomen las decisiones que les parecen más pertinentes”. Según el Código Penal de 1874, el aborto en Chile es ilegal en todos los casos.

“Creo que es importante hablar del tema, y que hay que legalizar al menos el aborto terapéutico y en caso de embarazo producto de violación. Siento que como país no podemos seguir cerrando los ojos a la realidad”, apostilló la candidata.

“Cuando la gente se ve obligada a abortar, porque eso es lo que está pasando en la realidad, es porque no tuvo las opciones previas que le hubieran permitido evitar un embarazo que no buscaron, no desearon, entonces tenemos un problema que tenemos que enfrentar”, añadió Bachelet.



La candidata también fue preguntada por su gestión del terremoto y el tsunami de principios de 2010, pocos días antes de que cediera el poder a su sucesor y actual presidente, Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique. Bachelet ha sido muy criticada debido a que su Gobierno retiró la amenaza de tsunami poco antes de que llegase a las costas del país.

Bachelet reconoció que en algunos momentos trabajaron “a ciegas, ya que no tuvieron los sistemas de comunicación adecuados. “Hicimos todo con un gran sentido de proteger a las chilenas y chilenos que lo vivían de forma tan amarga”, afirmó.

:: Europa Press

domingo, 2 de junio de 2013

EL PUTO ARGENTINO DE COLLAR DE BOLITAS NEGRAS

Hoy les traemos una nota de un blog bastante excluyente pero bueno todos tenemos nuestros puntos de vista, no lo compartimos pero lo respetamos

El puto del collar de bolitas negras

Imagen
El puto ‘cruz de malta’ (o de collar de bolitas negras)  generalmente usa (como su nombre lo indica) ese tipo de collares. Usualmente tienen sus orígenes en asentamientos de la periferia de los centros urbanos y sus cuerpos no están trabajados en el gimnasio ni por el deporte. 
Si juegan al fútbol esto no se les nota en el cuerpo. No están vinculados con la música electrónica sino vinculados a el pop, abrazan un tipo de modernidad muy específica. Por lo general estudian trabajo social, antropología, sociología o arte (pero esto es raro). Se juntan con los de su misma etnia o con otros con collar de porotos. Estas reuniones siempre ocurren en publico (pizzerias y bares) y no en domicilios particulares. 

Por pertenecer a pueblos originarios, tienen pelos lacios y duros difíciles de domar y generalmente cortados de manera rectilínea o taciforme llegando en el algunos casos al look astroboy. Siempre suelen buscar un ‘amo’ y como los perros, suelen ser, como los perros, muy leales. 

La descendencia indígena se sublima en el uso casi fetichista pero, al mismo tiempo, culposo de adornos como el piercing, el arito (en una oreja), la muñequera y su indumentario tiende a la fragmentación de estilos.  A saber, camisa a cuadros (leñadora) con remera estampada y chaleco de traje, por dar un ejemplo. 
Existe también una mezcla de pop de segunda y tercer linea (Cristina Aguilera) con fashion Once (Avenida Avellaneda o Corrientes antes de Callao). En este grupo existe una economía del préstamo de prendas. 

 Imagen
Tienden a escuchar bandas latinoamericanas de pop a saber Jesse & Joy y David Bisbal y tienden a entender al amor en tono de fidelidad casi heterosexual. Con esta categoría de puto uno termina hablando de ‘relación’ antes que con el resto. También tienden a tener amigos como ellos y sólo salen con ellos pero al ponerse de novios los apartan de su vida y se dedican a su hombre de elección. 


Nexo Asociación Civil

Nexo Asociación Civil
info@nexo.org

SOY - Página/12